Las licencias no privativas, surgen cómo consecuencia de los cambios producidos por la irrupción de la tecnología digital. La creación de una obra y su difusión se han visto modificadas por la aparición de los ceros y los unos. Por ejemplo, un cortometrajista ameteur no necesita atracar un banco para rodar “la obra de sus anhelos” , existen cámaras y editores de imagen a nivel de usuario. Además, puede acordar con un grupo que le ceda gratuitamente su música. Este corto tampoco requiere una inversión muy fuerte en copias para una amplia difusión , puede mostrarlo a todo el mundo (literalmente) a través de internet.
Este hecho unido a una nueva concepción de la distribución y a un concepto que parece decir “crea, copia y resiste”, posibilita la aparición de un nuevo camino, una nueva alternativa. Y su filosofía de vida reza así: Crea , utiliza las nuevas tecnologías para dar vida a tu obra y mostrarla , Copia o comparte, todo aquel que no vaya a lucrarse con tu obra pueda disfrutar de ella e incluso modificarla con tu consentimiento , Resiste frente a políticas monopolísticas y mercantilistas y un mercado muy limitado.
Las licencias libres posibilitan el colaboracionismo y la creación de un mercado alternativo, menos dependiente de una industria que sólo busca beneficio. Supone un nuevo camino, una nueva posibilidad ante productoras , distribuidoras y gestoras de derecho. También un nuevo modelo de socializar la cultura, ya que esta debería ser patrimonio de todo aquel que la solicite.
Artículo 280.2 de la Constitución Europea.
«La acción de la Unión tendrá por objetivo fomentar la cooperación entre Estados miembros y, si es necesario, apoyar y complementar la acción de éstos en los siguientes ámbitos:
a) la mejora del conocimiento y la difusión de la cultura y la historia de los pueblos europeos;
b) la conservación y protección del patrimonio cultural de importancia europea;
c) los intercambios culturales no comerciales;
d) la creación artística y literaria, incluido el sector audiovisual. «